¿Por qué tener activo tu buzón tributario es tan importante?
El buzón tributario permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, quienes pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas.
Es
confidencial, seguro y personalizado, además te permite realizar trámites
exclusivos y recibir mensajes de interés.
A la vez, a través de este canal, les notifica actos administrativos y da respuesta a sus solicitudes, promociones o consultas. Lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de realizar trámites y desee hacerlo con facilidad desde la comodidad de su casa u oficina.
Para ingresar, las personas físicas lo pueden hacer
con contraseña y solamente en algunos trámites es necesario contar con e-firma;
las personas morales deben de contar con su e.firma. Los datos e
información que se depositen en el buzón son confidenciales.
Si eres persona moral debiste
tenerlo habilitado a partir del pasado 30 de septiembre; si eres persona
física, desde el 30 de noviembre de 2020.
¿Estoy obligado a habilitar el
Buzón Tributario?
Si eres persona física debes tener
habilitado tu Buzón Tributario, excepto:
Si eres asimilado a salarios con
ingresos menores a 3 millones de pesos o asalariado, la habilitación de tu Buzón
Tributario es opcional.
De acuerdo a la regla 3.13.27 de
la 3ra RMRMF para 2020, publicada en el DOF el 19 de noviembre de 2020, se
establece que para efectos del artículo 17-K, tercer párrafo del CFF, los
contribuyentes que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II y Sección
I que únicamente obtengan ingresos conforme a la Sección III de la Ley del ISR,
quedan relevados de la obligación de realizar el trámite de habilitación del
Buzón Tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de
contacto.
Si eres persona moral, estás
completamente obligado a haberlo habilitado.
El Buzón Tributario funciona como
un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Cada vez que el
SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el
cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir
respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón. A su vez, podrás realizar
trámites y presentar avisos.
Al habilitar tu Buzón Tributario
deberás registrar como mecanismos de comunicación:
• De uno a cinco correos electrónicos
• Un número de teléfono celular
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