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Mostrando entradas de enero, 2021

¿Qué es la prima de riesgo, quiénes la presentan y por qué?

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  Febrero ya está más cerca y en este mes se presenta ante el IMSS la determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, esto derivado de la revisión anual del patrón con base en la siniestralidad de los trabajadores en su registro. El cálculo de la nueva prima de riesgo de trabajo lo hacen personas físicas y morales que tengan un registro patronal. Cuando un patrón se registra ante el IMSS se le asigna una prima media, dependiendo las actividades de sus trabajadores. Si todavía no pasa un año completo desde que tu cliente (el patrón de la compañía) se dio de alta (del 1ro de enero al 31 de diciembre) no estás obligado a enviar esta determinación de la prima; pero si es el caso contario, deberás realizar el cálculo, el cual puede aumentar o disminuir la prima de riesgo del IMSS. ¿Cuándo los contadores no están obligados a presentar la prima de riesgo de trabajo de una compañía? 1.- Si tu cliente (el patrón) se inscribió al IMSS por primera vez en el ejercicio 2020.

¿Qué gastos pueden deducir los asalariados?

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Sí, sí, ya sabemos que todavía faltan unos meses para presentar la declaración anual, peeeero nunca faltan los que nos están pregunte y pregunte desde ahorita para saber qué pueden deducir y qué no... Así que si como contador son de esas preguntas que ya quieres darle salida rápida, compárteles este blog a tus clientes para que sepan qué show 😉 Primero que nada, queremos aclarar los casos en los que está obligado a presentarla el asalariado. Esto es si obtuviste ingresos: De dos o más patrones de manera simultánea, o dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre. De empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso organismos internacionales. Ingresos mayores a 400,000 pesos. Esta declaración siempre se presenta a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal (o sea, ya en unos meses). Ahora, ¿cuáles son los gastos que puedes deducir anualmente? Aquí están: Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra d

¿Qué pasa si no cumples con alguna obligación fiscal?

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  Es un hecho que a nadie nos gusta meternos en problemas, pero créenos, si es con el SAT se puede volver tu peor pesadilla. Por eso te compartimos qué es lo que puede suceder en caso de que no cumplas con alguna obligación fiscal. ¡Checa! Cuando hayas dejado de cumplir alguna obligación fiscal o hubieras cometido un error (por ejemplo, no presentar declaraciones o presentarlas con errores u omisiones), deberás presentar la declaración omitida o hacer las complementarias correspondientes de manera voluntaria antes de que te requiera la autoridad. Si corriges los errores o cumples las obligaciones de manera voluntaria o espontánea no se te impondrán sanciones o multas; sin embargo, si lo haces por requerimiento de la autoridad se te impondrán la sanción que corresponda (generalmente pago de una multa, salvo que la ley disponga otra sanción). Si omitiste hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales también deberás pagar recargos y actu