Operaciones de compra-venta internacionales que causan IVA

En comercio exterior, muchas veces pensamos en importaciones y exportaciones, sin embargo las operaciones del día con día no siempre involucran dichos supuestos, esto debido a la necesidad de implementación de nuevas estrategias globales de distribución es muy probable que pida que se la entreguemos en un almacén ubicado en nuestro país lo cual no tiene nada que ver con una operación en materia aduanera, pero sin embargo involucra otros aspectos fiscales como gravar el consumo o la generación de riqueza en territorio nacional según sea el caso.

El Impuesto al Valor Agregado  (IVA) o Valued Added Tax (VAT) por su nombre en inglés, es una contribución de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y que grava una serie de operaciones como lo son:

 


I.-          Venta de mercancías.


II.-         Prestación de servicios.

III.-        Renta de bienes.

IV.-       Importación de bienes o servicios.

 

Debemos comentar que se puede incurrir en uno o más supuestos de aplicación del IVA sobre la misma mercancía pero por actos distintos. Esta situación genera un conflicto para la comprensión de los contribuyentes en cuanto al correcto cumplimiento de sus obligaciones, como por ejemplo: cuando se causa el IVA al momento de una venta de mercadería ubicada en el extranjero, pero tanto como el vendedor como el comprador residen en México.  Generalmente lo primero que viene a nuestra mente es que como la mercancía se encuentra físicamente en el extranjero dicha operación no genera IVA, sin embargo no es así y vamos a revisar lo que dice el artículo 10 de la Ley de la materia.

Artículo 10.- (1) Para los efectos de esta Ley, se entiende que la enajenación se efectúa en territorio nacional, si en él se encuentra el bien al efectuarse el envío al adquirente y cuando, no habiendo envío, en el país se realiza la entrega material del bien por el enajenante.

(2) La enajenación de bienes sujetos a matrícula o registros mexicanos, se considerará realizada en territorio nacional aún cuando al llevarse a cabo se encuentren materialmente fuera de dicho territorio y siempre que el enajenante sea residente en México o establecimiento en el país de residentes en el extranjero.

Tratándose de bienes intangibles, se considera que la enajenación se realiza en territorio nacional cuando el adquirente y el enajenante residan en el mismo.

Lo anterior nos marca claramente los 2 ejemplos mencionados y que causan IVA independientemente si la mercancía se encuentra en territorio nacional o en el extranjero.

A continuación le presentamos un resumen de las operaciones de comercio exterior sin realizar operaciones aduaneras, y su relación con el IVA.



 

OPERACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES SUJETAS AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO



1.  Enajenación de mercancía en el extranjero.

 

VENDEDOR:

Residente nacional.

COMPRADOR:

Residente extranjero.

MERCANCÍA:

 Entregada en el extranjero.

FACTURACIÓN:




 SI APLICA IVA. (En mercancías sujetas a matrículas o registros mexicanos)

2. Enajenación de mercancía en el extranjero

 

VENDEDOR:

Residente extranjero.

COMPRADOR:

Residente nacional.

MERCANCÍA:

 Entregada en el extranjero.

  FACTURACIÓN:




 NO APLICA IVA

3. Enajenación de mercancía en territorio nacional

 

VENDEDOR:

Residente nacional.

COMPRADOR:

Residente extranjero.

MERCANCÍA:

Entrega en Territorio Nacional

FACTURACIÓN:




 SI APLICA IVA

4. Enajenación de mercancía en territorio nacional

 

VENDEDOR:

Residente extranjero.

COMPRADOR:

Residente extranjero.

MERCANCÍA:

Entrega en Territorio Nacional

FACTURACIÓN:





 NO APLICA IVA. SERVICIO DE ALMACENAJE SI.

5. Enajenación de mercancía en territorio nacional

 

VENDEDOR:

Residente extranjero.

COMPRADOR:

Residente nacional.

MERCANCÍA:

Entrega en Territorio Nacional

FACTURACIÓN:




SI APLICA IVA

6. Enajenación de mercancía en territorio nacional

 

VENDEDOR:

Residente nacional.

COMPRADOR:

Residente nacional.

MERCANCÍA:

Entrega en Territorio Nacional

FACTURACIÓN:




SI APLICA IVA

7. Enajenación de mercancía en el extranjero

 

VENDEDOR:

Residente nacional.

COMPRADOR:

Residente nacional.

MERCANCÍA:

Entrega en el extranjero.

FACTURACIÓN:

SI APLICA IVA. (En mercancías sujetas a matrículas o registros mexicanos)


Fuente: Ley del IVA. Tabla elaborada por Barra Nacional de Comercio Exterior.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Conoce los diferentes tipos de retenciones de IVA (16%, 10.6667%, 4%)

¿Cómo calcular el descuento INFONAVIT de un empleado de forma quincenal, semanal y mensual?